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Condiciones de alquiler

CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

1.- ENTREGA.- Tendrá lugar en los almacenes de Comercial Peña Servicios S.A. (en adelante el Arrendador) de la ciudad firmante.

2.- TRANSPORTE.- Los gastos de transporte son por cuenta del arrendatario tanto de ida como de vuelta.

3.- PERIODO DE ALQUILER.- El alquiler empieza a regir desde el mismo momento de la salida del objeto arrendado de los almacenes del Arrendador hasta su llegada a los mismos, incluyendo los días de salida y entrada (excepto Sábados y festivos) Se entiende que un día de trabajo son 9 horas. El exceso horario en uso, se cobrará proporcionalmente al precio contratado. La duración será la que figura en este contrato prorrogándose tácitamente, salvo denuncia de una de las partes.

4.- CONSERVACIÓN DEL OBJETO ARRENDADO.- El objeto arrendado se entrega en perfecto estado de funcionamiento y provisto de los accesorios que se indican en este contrato, instalados de acuerdo con las normas de seguridad en el trabajo que haya vigentes. El Arrendatario deberá asesorarse, si lo estima conveniente, por personal cualificado del Arrendador para evitar daños por desconocimiento del funcionamiento del objeto. Todas las reparaciones que hayan de efectuarse por mal uso o negligencia del Arrendatario serán por cuenta de éste incluso la mano de obra, desplazamientos, dietas, transportes, piezas sustituidas, así como el tiempo de parada del objeto arrendado durante la avería.

5.- SEGURO.- El material o la Maquinaria, incluye un seguro de responsabilidad civil a favor del arrendador que cubre los daños que se pudieran ocasionar por fallos de las mismas y siempre que su uso sea dentro del RECINTO CERRADO contratado. En ningún caso cubrirá los accidentes producidos por cualquier otra causa, como carga, descarga, imprudencia, mala fé, negligencia, falta de cualificación del operador etc…
Cuando se trata de vehículos a motor, matriculados y sometidos a Seguro Obligatorio de Circulación, el Arrendatario tiene cubierta la Responsabilidad Civil mientras está circulando.
El arrendatario asume la responsabilidad íntegra y total por todos los daños materiales o personales que puedan ser causados por o con el objeto arrendado.
El coste de los seguros concertados por el arrendador será repercutido al Arrendatario en función al número de días en los que el material o máquina sea alquilado.
La reparación de pinchazos y restitución de neumáticos por daños causados por el mal uso, negligencia o impericia por parte del personal del Arrendatario, será por cuenta del mismo. Los combustibles, aceites, grasas, etc. Serán a cargo del Arrendatario, tanto si se hacen de éste o por revisión periódica del Arrendador.
El Arrendador se reserva el derecho de vigilar en todo momento las condiciones de trabajo del objeto arrendado, autorizándole expresamente el Arrendatario, o a quien represente al Arrendador, a entrar en el recinto donde esté el objeto arrendado.

6.- DEVOLUCIÓN.- El arrendatario esta obligado a devolver el objeto arrendado en perfecto uso de funcionamiento y estado de limpieza. En caso de pérdida de cualquier accesorio entregado, se facturará al arrendatario al precio en vigor del mercado actual.

7.- GARANTÍA.- Los gastos de reparación por avería normal son por cuenta del Arrendador, el cual se compromete a reemplazar el objeto averidado (en caso de que no tenga arreglo) a la mayor brevedad posible de acuerdo con sus disponibilidades de existencias, no siendo responsable de los daños y perjuicios que pudiera ocasionar.

8.- RESOLUCIÓN DEL CONTRATO.- El contrato podrá ser rescindido en cualquiera de los siguientes casos:
a) En caso de incumplimiento de las instrucciones relativas a la conservación del objeto. El arrendador se reserva el derecho de rescindir el contrato de alquiler sin otro requisito que la notificación por vía fehaciente, en cuyo caso el Arrendatario devolverá el objeto inmediatamente, respondiendo de los daños que su mal hayan producido, ateniéndose y aceptando expresamente el dictamen que sobre los daños producidos, sus causas y la cuantía establezca el arrendador.
b) En caso de que el Arrendatario no cumpla con las condiciones de pago o las demore a tenor de los establecido en el contrato, el Arrendador se reserva el derecho a rescindirlo y exigirle el pago total convenido por el tiempo de duración del contrato.
c) El Arrendatario concede al Arrendador desde este momento y en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas, la autorización necesaria para personarse en su domicilio, o dónde de encuentre la cosa arrendada para proceder a su retirada.

9.- PAGO.- Todos los pagos se harán al contado en el domicilio de Arrendador en el momento de la devolución del objeto arrendado, salvo condiciones especiales acordadas con el Arrendatario. Podrán solicitarse anticipos en concepto de Fianza en el momento de la formalización del contrato.

10.- PROPIEDAD.- La Maquinaria y accesorios de este contrato son de propiedad única y exclusiva de COMERCIAL PEÑA SERVICIOS, S.A. y el Arrendatario, en cuyo poder se encuentra en calidad de depósito, no podrá cederlos, enajenarlos por cualquier título, subarrendarlos o disponer de ellos como garantía frente a terceros. Esta obligado además a informar por escrito, a COMERCIAL PEÑA SERVICIOS, S.A., inmediatamente si un tercero pretende ejercer derechos sobre ellos.

11.- MULTAS.- En caso de multa el Arrendatario deberá en un plazo no superior a 24 horas, notificarlo por vía fehaciente al Arrendador. Si la multa es por algún hecho responsabilidad de Arrendador, este se hará cargo del pago, si la responsabilidad es del Arrendatario, el arrendador facilitará los datos a la autoridad sancinadora para que realice la correspondiente reclamación.
Aquellas multas consecuencia de una utilización negligente por parte del arrendatario, tales como aparcamientos indebidos, obstaculizar la circulación, circular por accesos restringidos, etc, recibidas por el Arrendador como propietario del objeto alquilado, serán repercutidos al Arrendatario.

12.- LUCRO CESANTE.- El Arrendatario renuncia a solicitar del Arrendador cualquier indemnización o descuento por lucro cesante.

13.- CIRCULACIÓN.- El Arrendamiento de la máquina objeto de este contrato no confiere en modos alguno la posibilidad de que ésta circule fuera del recinto acotado para la que ha sido contratada. Cualquier incidencia que pudiere producirse por el incumplimiento de lo anterior será asumida íntegramente por el Arrendatario, quien de modo expreso exonera de todo tipo de responsabilidad a la empresa Arrendadora.
Caso necesario, la empresa arrendadora facilitará maquinaria matriculada al objeto de poder circular fuera del recinto acotado (salvo que no exista disponible).

14.- COMBUSTIBLE.- En caso de que la máquina llevase un motor de combustión tipo DIESEL, sólo puede consumir GASÓLEO TIPO A. El Arrendador declina cualquier responsabilidad por uso de combustible no autorizado.

15.- USO Y SEGURIDAD.- Se le instruye en uso y mantenimiento así como en normas de seguridad.

16.- IMPUESTOS.- Todos los impuestos y gastos que se originan por razón de este contrato serán de cuenta y cargo del Arrendatario, así como aquellos derivados del cumplimiento de la Normativa Legal y Administrativa que afecte a los objetos alquilados. En la factura se cargará el I.V.A. al tipo de gravamen vigente en ese momento.

17.- PODERES.- El firmante declara tener poderes bastantes y suficientes de la Sociedad a la que representa para otorgar el presente contrato, quedando por tanto dicha Sociedad obligada al Arrendador de manera directa y efectiva.

18.- JURISDICCIÓN.- Cuantas cuestiones pudieran derivarse de la interpretación ejecución y cumplimiento de este contrato, serán sometidas a jurisdicción de los Tribunales de Granada, renunciando expresamente las partes contratantes a su Fuero Propio (entendiéndose que el lugar de cumplimiento del contrato es Granada).